Recomiendan medidas de protección a menores durante clases virtuales

Foto: Bismarck Moyrón
Docentes requieren fotos o videos que incluyen la imagen de los niños y niñas como evidencia de los trabajos realizados en casa
La Paz.- Durante la contingencia se ha implementado un nuevo sistema de educación en línea, sin embargo, existe la preocupación por parte de padres de familia respecto a la privacidad de los menores en tales actividades.
Esto se debe a que en algunos casos, los docentes requieren fotos o videos que incluyen la imagen de los niños y niñas como evidencia de los trabajos realizados en casa, sin embargo, este material puede ser utilizado de manera indebida.
Ante esta situación, Yesenia Ramírez Saldaña, Procuradora de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Estatal DIF, mencionó que sí se puede solicitar y enviar este tipo de contenido únicamente para fines académicos, sin embargo, el docente es el responsable de garantizar el derecho a la intimidad del menor y a usarlo solo como evidencia.
“Si está permitido porque el objetivo es positivo y va a impactar de manera positiva en la educación del menor, pero tendrá que ser muy responsable, la maestra o el maestro, de respetar que únicamente le dará ese uso, para evidencia y que quede en su expediente; no tendrá derecho de publicarlo para dejar evidencia de su trabajo, eso no se puede hacer”, explicó.
Señaló que en el caso de que el docente difunda este contenido, debe ser con previa autorización de los padres y sin datos de identificación del menor, “no aquello que lo lleve a ubicar o lo pueda poner en una situación de riesgo, por el derecho a la intimidad, que dicta evitar uso de la información de la imagen o datos personales que lo puedan poner en riesgo”.
Por lo tanto, señaló que una evidencia escolar de este tipo no pone en riesgo al menor, siempre que el docente se haga responsable de ese uso y los padres lo autoricen, en caso de no ser así, señaló que cualquier otro uso que ponga en riesgo su integridad o su reputación no será permitido y puede ser acreedor a sanciones.
Mientras que aclaró que no se podrá publicar contenido que involucre a niños que por su condición puedan estar en riesgo, como es el caso de víctima de delito, adolescente en conflicto con la ley, o cuando el contenido represente un daño en su imagen o reputación, “ahí es cuando nos oponemos rotundamente, cuando no se puede hacer, cuando no es una finalidad positiva”.
Finalmente, como recomendación, señaló que a aquellos que incluyan la imagen del menor, se deberá incluir una leyenda donde se indique que no se autoriza el uso de dichos contenidos para publicaciones o fines distintos al establecido, sin embargo, también recalcó que los padres pueden inconformarse y no enviarlas, sin que esto derive en un perjuicio en la educación del menor.
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