Viciado el proceso selectivo para integrar Comité Ciudadano Anticorrupción: Aspirante

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  • Francisco Javier Lozoya participó como candidato para integrar dicho Comité pero lo dejaron fuera por supuestas irregularidades, logrando amparo judicial contra la decisión de la Comisión organizadora

La Paz.- Un proceso viciado de origen, irregularidades en la selección y conflicto de intereses, denunció Francisco Javier Lozoya del Pino, aspirante a ser miembro del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción de Baja California Sur, a quien un juez federal amparó.

Lozoya del Pino participó como candidato para integrar dicho Comité; sin embargo, manifestó su inconformidad con el dictamen que presentó la Comisión de Selección argumentando diversas irregularidades, mismas que lo dejaron fuera del proceso.

Expuso que los criterios de evaluación, los resultados de las entrevistas y la revisión de la experiencia laboral de cada uno de los aspirantes no fue manifestada de manera clara en la convocatoria, misma que se lanzó en una primera fase desde el 2018.

Aseguró que el procedimiento para cubrir las vacantes de dicho Comité carece de fundamentación y motivación, ya que no se expuso de manera razonada y clara el por qué se le otorgó una valoración menor a la de los candidatos Carmen Cristina Ortuño Villaseñor, Alma Lidia Cota Ojeda, Juan Liborio Fenech Cardoza, Guillermo Lara Morales y Jorge Moore Valdivia; es decir, no se señaló de forma clara la metodología y los parámetros de valoración que se tomaron en cuenta para ello.

Detalló que luego de varios meses sin saber qué había pasado con la convocatoria, el pasado 07 de enero de 2019, la Comisión de Selección, integrada por Luis Javier Sierra Noriega, Julio César Castillo Gómez, Lucía Alejandra Frausto Guerrero, Juan Carlos Esqueda Hampl y Óscar Felipe Zamudio Sánchez, dio a conocer  resultados donde él no había sido seleccionado por “no contar con la puntuación necesaria”.

Inconforme con este dictamen, Lozoya del Pino promovió un amparo, mismo que quedó registrado bajo el expediente 82/2019. Después de revisar el caso, Jorge Alberto Camacho Pérez, juez tercero de Distrito en Baja California Sur, el pasado 28 de junio de 2019 resolvió proteger y amparar al promovente.

Por otro lado, manifestó que existe conflicto de interés, debido a que dos de los cinco integrantes electos del Comité de Participación Ciudadana, tienen alguna relación laboral o de sociedad con los miembros de la Comisión de Selección.

En el expediente de amparo refirió que en el dictamen que presentó la Comisión de Selección no se advierte que Lucía Alejandra Frausto Guerrero, quien fuera miembro de dicha Comisión, se haya abstenido de participar en la valoración de Alma Lidia Cota Ojeda, no obstante que la primera es presidenta de la organización Cómo Vamos La Paz, y que la segunda es miembro activo de dicha organización, al ser socia fundadora y tener el cargo de directora de Investigación y Proyectos en el Observatorio Ciudadano Cómo Vamos La Paz.

Asimismo, dijo que el integrante de la Comisión de Selección, Juan Carlos Esqueda Hampl, es socio de Juan Liborio Fenech Cardoza; esto, expresó, es igualmente conflicto de interés.

En el resolutivo del amparo, el juez argumentó que no se tiene por acreditado el requisito de fundamentación y motivación del dictamen de selección en estudio; tampoco, en ninguna parte de las hojas se hizo referencia al significado de varias abreviaturas. Añade que no se indicó cuáles son los parámetros de calificación, es decir, cuál sería la mayor y menor calificación por cada tema; de igual manera, no se precisó en qué consistió la valoración de cada uno de los temas calificados, es decir, la metodología utilizada para valorar por cada uno de los participantes, los temas respectivos.

En consecuencia, la Justicia Federal amparó a Francisco Javier Lozoya del Pino y ordenó a las autoridades responsables dejar insubsistente el dictamen que presentó la Comisión de Selección, así como el emitir un nuevo dictamen de manera fundada y motivada, que se incluya la valoración de cada uno de los temas calificados, la metodología utilizada para valorar a cada uno de los participantes, indicar cuáles son los parámetros de calificación y, en el caso de utilizar abreviaturas, precisar el significado de cada una de ellas.

Aunado a esto, previo a la resolución del Juez Federal, el quejoso presentó desde el 11 de febrero dos solicitudes a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, a la  de Derechos Humanos y Pueblos Indígenas, así como a la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado, para que se impugnara el dictamen que presentó dicha Comisión, pero, expuso, hasta la fecha no ha recibido respuesta por parte de los diputados presidentes de las mismas.

Lozoya del Pino comentó que la Comisión de Selección presentó un segundo dictamen, pero que en este tampoco se expone de manera razonada el por qué se le otorgó una valoración menor a la del resto de los candidatos. Resaltó también que en este solamente calificaron cuatro de cinco integrantes del Comité seleccionador.

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