SCJN invalida ‘decretazo’ de AMLO que ‘blinda’ las obras de la 4T

Este jueves la Suprema Corte estuvo a favor de la controversia constitucional que el INAI presentó en 2021 contra el decreto del presidente.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) este jueves dio un nuevo revés al presidente Andrés Manuel López Obrador al invalidar por mayoría de 8 votos la parte del decreto que declaró las obras del Tren Maya o la Refinería de Dos Bocas, como de seguridad nacional.

La corte inició este jueves el análisis de la controversia constitucional que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) presentó en 2021 contra el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador, que clasificó las obras prioritarias como asunto de seguridad nacional.

En su proyecto de resolución, el ministro ponente Juan Luis González Alcántara Carrancá planteó como procedente la impugnación contra dicho acuerdo mediante el cual se instruyó “a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional”.

Por lo que, propuso la invalidez del decreto publicado en noviembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación.

Al pronunciarse, González Alcántara Carrancá afirmó que el acuerdo presidencial vulnera el derecho a la información y es susceptible de incidir en el ámbito de actuación del el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

“En el caso que nos ocupa, en el escrito de demanda analizado, se extraen algunos argumentos suficientes para considerar que la emisión del acuerdo impugnado es susceptible de causar un impacto en el derecho de acceso a la información”, indicó.

Discusión del “decretazo”

La presidenta de la Corte, Norma Lucía Piña consideró que el decreto del presidente López Obrador causa una reserva de información anticipada y generalizada.

“Las obras y los proyectos que se catalogan, quedan exentos de la regla general de transparencia y máxima seguridad, sin que les anteceda una análisis caucásico ni la prueba de daño previa”.

Afirmó que la reserva de información tiene un carácter excepcional, con base en los principios de transparencia y máxima publicidad establecidos en el artículo 6 de la Constitución, por lo que estuvo a favor de la controversia.

Por su parte el ministro Javier Laynez Potisek coincidió que el decreto afecta la facultad reglamentaria del INAI.

Además señaló que la seguridad nacional fue entendida como la protección de la nación ante amenazas, la preservación de la soberanía, de la independencia nacional, la defensa del territorio, el mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas, pero no contiene nada en torno a obras del gobierno federal.

Así mismo, la ministra Margarita Ríos Farjat afirmó que la norma combatida genera un efecto de opacidad y “anula las mejores prácticas en materia de transparencia institucional: No hay un margen claro de qué hacer, ni para los servidores públicos involucrados ni para la sociedad, ni para la información”.

Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz fueron los ministros que respaldaron el decreto del presidente López Obrador.

Llamna Gómez Pardo