Irrevocable la aprobación de la Ley de Infancias Trans: Gobernador de BCS

El gobernador de BCS aseguró que es irrevocable la aprobación de la Ley de Infancias Trans a pesar de las manifestaciones de grupos defensores
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La lucha por los derechos de las personas transgénero ha dado un paso importante en Baja California Sur. El Gobernador del Estado, Víctor Manuel Castro Cosió, aseguró que la aprobación y ´publicación de la Ley de Infancias Trans en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado es irrevocable, a pesar de la oposición de grupos defensores de la familia tradicional.

“Apoyo a la Suprema Corte de Justicia, que fue la que hizo la indicación al congreso para que se aprobara esta ley, dio instrucciones precisas. Fue la Suprema Corte de Justicia quien dictó la sentencia, y por eso los diputados tuvieron que acatarla, no podían entrar en desacato, yo no puedo entrar en desacato. Yo espero comprensión de estos sectores, y que reine la prudencia, no la amenaza”.

Esta ley no ha estado exenta de críticas y movimientos sociales exigiendo que se vetara su aprobación. El Frente Nacional Por La Familia llegó al grado de tomar el Palacio de Gobierno para presionar al gobernador. Los sectores conservadores argumentaron que la medida va en contra de los valores tradicionales y religiosos, y temen que pueda tener consecuencias negativas para los menores.

Ante estos actos de inconformidad, Víctor Castro dejó en claro que la ciudadanía tiene total libertad de protestar en contra, pero que la decisión está tomada a nivel federal. Ahora se espera que esta ley se base en el respeto a los derechos humanos y en la atención a las necesidades de las personas transgénero desde temprana edad.

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“Que se manifiesten pacíficamente, es su pleno derecho y no tenemos problema para que toda la sociedad que considere manifestarse lo haga a través de las vías institucionales y constitucionales como se ha venido haciendo”, agregó.

La Ley de Infancias Trans entró en vigor este viernes 5 de julio en Baja California Sur. Se trata de la reforma al artículo 144 del Código Civil del Estado que permite a menores de edad cambiar su identidad de género en actas de nacimiento ante el registro civil. Los solicitantes deberán acompañarse de sus padres, tutores o representantes legales cuando acudan a realizar su solicitud de cambio de identidad de género.

gcc

Imberth Rondero