Candidatas piden a Cabildo tomar en cuenta paridad en Consulta Ciudadana
En conferencia de prensa, las candidatas a la delegación de Cabo San Lucas, María Virginia Guereña Mills, Lorena Cortés Torralbo y Adriana López Monje, dieron a conocer el sentido de la denuncia interpuesta ante el Tribunal Estatal Electoral en términos de lo dispuesto en los artículos 363 bis, 471 párrafo 3 fracción f y 474 bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 37, 38 y 40 del Reglamento de Quejas y Denuncias en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, solicitando una serie de medidas cautelares.
Las candidatas expusieron que solicitaron ante el TEE adecuar la actual convocatoria respetando el principio de paridad de las dos delegaciones que corresponden a mujeres y las dos que corresponden a hombres respetando que en el período inmediato anterior fueron delegados o delegadas, la convocatoria recibir solo aspirantes del género contrario.
En caso de que a la delegación de Cabo San Lucas le toque la suerte de contar con candidatas mujeres, respetar a las actuales tres compañeras que se registraron en tiempo y forma, desde el 18 de octubre del año en curso.
Suspensión de promocionales difundidos en radio y televisión que pueden confundir a la ciudadanía al momento de ejercer su derecho a votar, por no incluir un lenguaje incluyente; el retiro de propaganda colocada en espectaculares, en los que se utiliza un lenguaje excluyente y sexista que impide el libre ejercicio de los derechos políticos y electorales de la suscrita.
Reimprimir la boleta de votación incluyendo sólo a las mujeres participantes en cada una de las delegaciones que así corresponden y detener cualquier hecho u actos que constituyan la posible infracción denunciada, la producción de daños irreparables o se ponga en riesgo la equidad en la contienda electoral o en el ejercicio del cargo.
Las candidatas presentaron ante el TEE las siguientes pruebas; convocatoria misma del plebiscito que emergió de la sesión extraordinaria del 13 de octubre que además fue a puerta cerrada, prueba que se ofrece en términos del artículo 461 párrafo 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 29 párrafo 1 fracción VII del Reglamento de Quejas y Denuncias en materia de Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género.
Los videos donde el regidor Linze Rodríguez insta al Cabildo a votar a favor del respeto del principio de paridad; notas periodísticas diversas publicadas donde se informa que en dicha sesión de Cabildo fue hecha con desorden, a puerta cerrada y en medio de protestas; que la cantidad de hombres que participan en la consulta ciudadana en la delegación de Cabo San Lucas es casi tres veces mayor que el número de mujeres inscritas y no se garantiza el principio de paridad obligatoria.
Las candidatas afirmaron que confían en el resolutivo que habrá de emitir el Tribunal Estatal Electoral y que respetarán su decisión y sea cual ésta sea, lo cierto es que sentaron un precedente de la importancia de que en esta elección debió considerarse la paridad de género y permitir mayor participación de mujeres, además de que hicieron mención que en Cabo San Lucas ninguna mujer ha sido delegada municipal.