Buscan declarar inconstitucional la penalización del aborto

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Contra criminalización del aborto

Se pronuncian ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por declarar como inconstitucional la criminalización del aborto.

Esta acción de inconstitucionalidad fue promovida en 2017 por la PGR, y demandaba declarar la invalidez de ciertas disposiciones del Código Penal del estado de Coahuila de Zaragoza.

 

Código Penal de Coahuila

En el artículo 196 del Código Penal de Coahuila establece que:

“Se impondrá de uno a tres años de prisión a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de aquella”.

Este 7 de septiembre, los ministros discutirán la constitucionalidad de los artículos que contemplan el aborto en la misma legislación. Asimismo se pronunciarán sobre establecer un plazo específico para la interrupción legal del embarazo.

 

Posturas de algunos ministros

El ministro Luis María Aguilar dijo:

“El derecho a decir, entendido como la libertad que le permite a la mujer elegir quién quiere ser en relación con la posibilidad de procrear. Este derecho reconoce en la mujer y en las personas con la capacidad de gestar como las únicas personas titulares de su plan de vida, a partir de su individualidad e identidad propia, lo que constituye la raíz de la obligación estatal de brindar un ámbito de protección y no de una sanción”.

Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar señaló que el aborto siempre castiga a las mujeres pobres, marginadas y discriminadas del país, por lo que se pronunció a favor de la inconstitucionalidad de la criminalización del aborto:

“Es un delito que en los hechos se castigue la pobreza. Condenar a las mujeres a la cárcel, a la clandestinidad, a poner en riesgo su salud y su vida, no solo es profundamente injusto sino abiertamente inconstitucional”.

Y agregó:

“He defendido una y otra vez que criminalizar a la mujer embarazada, con el impacto desproporcionado que tiene en la vida de las niñas y mujeres, sobre todo en las que se encuentran en mayor vulnerabilidad, no es una solución que pueda sostenerse desde un punto de vista constitucional”.

El ministro Javier Laynez Potisek precisó que:

“La penalización de la interrupción del embarazo es también una discriminación basada en prácticas y costumbres ancladas en concepciones que asignan un rol social a la mujer que empata con los conceptos de femenino y maternidad, anula su dignidad y anula elegir un plan de vida autónomo e individual”.

Por último, la ministra Norma Lucía Piña Hernández aseguró que estas sanciones solo castigan la sexualidad de las mujeres:

“Este tipo de normas, lo que están castigando es la conducta sexual de la mujer; en violación, aunque se trate de embrión o a punto, o bien limitan a 12 o no limitan. Pero, ¿por qué? Porque tiene carácter de víctima y no otorgó consentimiento. En cambio, cuando otorga consentimiento, no le permiten abortar en ningún tiempo; está referida a la conducta sexual de la mujer, lo que a mi juicio también la hace inconstitucional”.

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