Aprueban un día laborable al año para exámenes médicos
Por unanimidad del Pleno del Congreso de Baja California Sur fue aprobada la adición al Artículo 28 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur para que las y los trabajadores tengan derecho a disfrutar de un día laborable al año, con goce íntegro de sueldo, para que se realicen exámenes médicos preventivos, a fin de mejorar su nivel de vida. El área encargada de los recursos humanos de cada Poder o Municipio determinará la forma para que los trabajadores accedan a este derecho, sin que se trastoque el funcionamiento normal de la institución.
Toda vez que la Iniciativa con Proyecto de Decreto antes mencionada, presentada por el Diputado Rigoberto Mares Aguilar, integrante de la fracción parlamentaria del PAN, fue turnada a la Comisión Permanente de Asuntos Laborales y de Previsión Social y tras su análisis y dictaminación, la comisión a cargo consideró dictaminar positiva la propuesta legislativa toda vez que la iniciativa está orientada en la prevención al control de las enfermedades, poniendo énfasis en los factores de riesgo y poblaciones en riesgo, así como, por fomentar el fortaleciendo progresivamente el derecho humano a la salud de las y los trabajadores de los poderes del Estado y Municipios y la detección temprana de los casos y el control periódico de la población afectada que evitaran o retardaran la aparición de las secuelas de la enfermedad dando mayor garantía para la salud y vida de las y los trabajadores.
Dado las facultades legislativas para ampliar y modificar en lo conducente el proyecto, la Comisión Permanente de Asuntos Laborales y de Previsión Social a cargo del dictamen, solicitó anexar que las y los trabajadores deberán acreditar ante la unidad administrativa que corresponda la programación previa de los exámenes médicos que se practicarán, de igual modo, de considerarlo necesario, el o la trabajadora dará cuenta de los resultados de dichos exámenes a los titulares de las dependencias para la previsión de medidas conducentes y en estos casos, los titulares deberán guardar estricta reserva de la información proporcionada en tutela del derecho a la protección de los datos personales de los trabajadores.