Impuesto especial sobre productos y servicios
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Cuando se agotan los recursos, los impuestos se recaudan bajo presión. Cuando el poder y los recursos se han agotado, se arruina el propio país – Sun Tzu
El IEPS se distingue por un enfoque específico sobre bienes y servicios considerados de lujo, riesgosos o con externalidades negativas. Es un impuesto especial e indirecto que se aplica a la importación y producción de productos y servicios que causan un perjuicio social.
Entre los artículos que se ven gravados bajo el IEPS se encuentra el alcohol y gasolinas.
El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios grava la enajenación e importación de los siguientes bienes:
Bebidas alcohólicas y cerveza.
Alcoholes, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables.
Tabacos labrados.
Gasolinas y diésel.
Bebidas energizantes.
Bebidas con azúcares añadidos.
Combustibles fósiles.
Plaguicidas.
Alimentos con alto contenido calórico. (Densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos: botanas, productos de confitería, chocolate 76 y demás productos derivados del cacao, flanes y pudines, dulces de frutas y hortalizas, cremas de cacahuate y avellanas, dulces de leche, alimentos preparados a base de cereales, y helados, nieves y paletas de hielo).
La base del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios es el valor del bien que se enajena o importa o del valor del servicio que se presta. Por lo general, la base es la contraprestación, salvo en el caso de los cigarros, cuya base será el precio de venta al detallista (comerciante que vende al por menor). También puede constituir la base, en su caso, la cantidad de litros y la graduación alcohólica.
Las personas físicas y morales deben hacer el pago del IEPS a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el impuesto. La excepción es en caso de importación de bienes, en esa situación, el pago se realiza conjuntamente con el impuesto general de importación.
Jorge Alberto Pickett Corona
Abogado Fiscalista