Prohíben a organismos de agua contratar créditos sin autorización previa

El Congreso de BCS aprobó que por ley organismos municipales operadores de agua no contraten créditos sin aval para evitar endeudamientos irregulares
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Aprobación para que OOMSAPAS no pida créditos individuales

El Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó reformas a la Ley de Aguas estatal que prohíben a los Organismos Operadores Municipales de Agua Potable y Alcantarillado contratar créditos con instituciones bancarias de manera directa, sin contar antes con la autorización de sus respectivas Juntas de Gobierno.

La iniciativa, presentada por el diputado Omar Torres Orozco, modifica los artículos 26, 153 y 154 de la Ley de Aguas del Estado, en concordancia con lo dispuesto en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. La intención es fortalecer la supervisión sobre el manejo financiero de estos organismos y prevenir endeudamientos discrecionales que puedan comprometer los recursos públicos locales.

Durante la exposición de motivos, el legislador subrayó que los adeudos por servicios de agua potable, alcantarillado, así como las multas derivadas de infracciones, tendrán carácter de créditos fiscales cuando el servicio sea prestado por ayuntamientos, organismos operadores o la Comisión Estatal del Agua.

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En este sentido, si los usuarios no cumplen con los pagos establecidos en tarifas o sanciones, los organismos podrán exigir el cobro mediante el procedimiento administrativo de ejecución previsto en el Código Fiscal para el Estado y Municipios de Baja California Sur.

Esta reforma también refuerza la transparencia en la operación de los organismos municipales, al establecer controles sobre la contratación de deuda y garantizar que dichas decisiones pasen por un análisis técnico y jurídico antes de comprometer recursos financieros a largo plazo.

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