Sujeto es vinculado a proceso por incumplimiento de obligación alimentaria
Por el delito de incumplimiento de la obligación alimentaria, el agente del Ministerio Público de la Unidad de Investigación y Judicialización de Delitos del Centro de Justicia Penal de Cabo San Lucas, obtuvo vinculación a proceso para un masculino.
El pasado jueves 30 de junio, en audiencia inicial, se le ofrecieron al Juez de Control los datos de prueba necesarios y suficientes para que Argeniz “N”, quedará vinculado a proceso por su relación en el delito antes mencionado.
Por lo que, la autoridad también impuso la medida cautelar que le impide al imputado salir de la ciudad, mientras tanto, al representante social otorgó dos meses para la investigación complementaria.
De acuerdo al Código Civil del Estado de Baja California Sur, en su artículo 323, en el caso de la separación corporal de los cónyuges o de la disolución del matrimonio, no afecta los derechos del padre a tener una adecuada vinculación con sus hijos, ni el cumplimiento de sus obligaciones de nutrición afectiva, humanización y socialización de sus descendientes.
Asimismo, en el título décimo primero, habla sobre los alimentos, en sus artículos del 450 a 454, donde menciona que el derecho a alimentos es una prerrogativa derivada del parentesco y, en los casos previstos por la ley, del matrimonio o del concubinato.