Candidaturas locales deberán cumplir con principio de paridad: IEE
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El Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE) de Baja California Sur en sesión extraordinaria aprobó modificaciones y adiciones al reglamento para el registro de candidatas y candidatos a cargos de elección popular garantizando paridad de género, elección consecutiva, violencia política en razón de género e inclusión de grupos en situación de desventaja.
Después de una sesión maratónica los consejeros electorales y los representantes de los partidos políticos, determinaron que los partidos políticos, así como las candidaturas comunes, coaliciones y candidaturas independientes, en su caso, deberán seguir los términos y procedimientos de solicitud de registro aprobados para la postulación de candidaturas de Diputaciones y Ayuntamientos.
Además de cumplir con la paridad horizontal y vertical, no se admitirán criterios que tengan como resultado que a mujeres les sean asignados aquellos municipios y distritos en los que el partido haya obtenido los porcentajes de votación más baja en el proceso electoral anterior.
Se destaca la integración de 3 bloques de competitividad para Diputaciones por el principio de Mayoría Relativa conformados por: un bloque de competitividad alto, integrado por 5 distritos; en el segundo bloque medio también con 5 distritos y en el tercero bajo por 6 distritos. Para el caso de Ayuntamientos se integrarán 2 bloques de competitividad, alto integrado por 3 ayuntamientos y bajo integrado con 2 ayuntamientos.
Cabe señalar que los elementos de bloques en ayuntamientos sólo se aplicarán cuando se postule en 5 o 4 ayuntamientos, menor a estos, se aplicará el cumplimiento a la paridad.
Todos los bloques deberán integrarse de manera paritaria sin distingo y respetando el derecho a la auto organización. El partido determinará que sexo postular tanto en distritos como en ayuntamientos que integren cada bloque.
Con estas medidas el Consejo General garantiza que en el caso de los ayuntamientos dos mujeres puedan ser postuladas especialmente en ayuntamientos donde los partidos hayan obtenido mayor votación según sus resultados del proceso electoral 2017-2018, y un espacio destinado para hombre.
En el caso de la coalición y candidatura común se tratará como si fuera un solo partido, es decir se sumarán sus resultados, por lo que no se contrapondrán sus alianzas con el cumplimiento del principio de paridad.
En otro aspecto, para la lista de Diputaciones por el principio de representación proporcional que presente cada partido deberá encabezar una mujer y dar cumplimiento con la alternancia hasta agotar la lista, lo que deriva en una mayor postulación de mujeres por este principio.
En materia de acciones afirmativas en inclusión de personas en situación de desventaja, se aprobó garantizar que para postulaciones de Diputaciones por el principio de Mayoría Relativa, se deberá postular una fórmula integrada por personas con discapacidad o personas que se autodescriben como indígenas y/o afromexicanas o personas jóvenes entre los 18 y 29 años, en uno de los dieciséis distritos electorales.
Para Ayuntamientos, se deberá postular una fórmula de personas con discapacidad para cualquiera de los cargos de la planilla en uno de los cinco ayuntamientos; de igual forma, se postulará una fórmula de personas que se autodescriben como indígenas y/o afromexicanas para cualquiera de los cargos de la planilla en uno de los cinco ayuntamientos y por último se postulará una fórmula de personas jóvenes para cualquiera de los cargos de la planilla en uno de los cinco ayuntamientos.
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