Castigarán con cárcel y multa a ciudadanos que pongan en peligro de contagio del Covid-19 a la población
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La Paz.- A partir de este día, se aplicarán sanciones de tipo penal a ciudadanos con síntomas o positivos del coronavirus que no se aíslen y pongan en peligro de contagio a la población.
Así se dispuso en el acuerdo del consejo estatal de salud que ya entró en vigor, tras publicarse en el boletín oficial del gobierno del estado y que contempla la declaratoria de emergencia sanitaria para la entidad; así como el resguardo domiciliario obligatorio para los sudcalifornianos y suspensión de actividades no esenciales.
En la disposición se establece que en caso de que cualquier persona presente la sintomatología del COVID-19, deberá aislarse y resguardarse en su domicilio y estará obligada a informarlo de inmediato a las autoridades sanitarias llamando al 800-BCS-COVID ó 800-227-26843 donde se les brindará la atención médica necesaria.
De igual forma, las personas que sean diagnosticadas con COVID-19, deberán de permanecer aisladas en su domicilio o donde lo indiquen las autoridades sanitarias.
Se puntualiza que las personas que incumplan las disposiciones podrán ser sujetas a investigación por la probable comisión del delito de peligro de contagio previsto en el artículo 168 del Código Penal del Estado y los demás que resulten aplicables.
En dicho artículo se establece una penalidad por peligro de contagio a quien con conocimiento de que padece una enfermedad grave y transmisible, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre que la víctima no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días. Si la enfermedad fuera incurable se le impondrá al sujeto de dos a diez años de prisión.
Este delito se perseguirá por querella de la víctima u ofendido.
Se establece una pena de hasta 10 años de cárcel y multa desde 6 mil 161 pesos hasta los 36 mil 966 pesos.