Falta interés de comercios por implementar programas de Protección Civil
El Reglamento de la Ley General de Protección Civil menciona que los programas de Protección Civil tienen el objetivo de establecer estrategias y acciones para la prevención, la atención de necesidades, el auxilio y la recuperación de la población expuesta. Estos reglamentos aplican a todo tipo de comercio y establecimiento público.
Jesús Iván Loya Villasana, jefe del Departamento de Inspecciones de Protección Civil en Los Cabos, señaló que dichos planes dependerán del tipo de establecimiento, especialmente si existen factores de riesgo.
Conforme con una respuesta obtenida a través del portal de Transparencia del Ayuntamiento de Los Cabos, en el municipio solo existen 82 establecimientos que cuentan con un programa interno de Protección Civil.
Asimismo, Loya Villasana indicó que el artículo 74 de dicho reglamento contempla la clave de qué tipo de establecimientos requieren de un programas interno, los cuales son de aplicación general y obligados para los centros, espacios e instalaciones fijas y móviles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores público, privado y social del país, que puedan resultar afectadas por siniestros, emergencias o desastres.
“¿Cómo clasificamos en el municipio de Los Cabos?, normalmente aquellos que son vulnerables por el aforo y ocupación que representan, ocupación flotante del lugar, todos aquellos que manejan situaciones de riesgo, sean pequeños o grandes”, expresó Jesús Ivan Loya Villasana, jefe del Departamento de Inspecciones de Protección Civil en Los Cabos.
Al realizar una inspección física del lugar se toman en cuenta varias situaciones, por ejemplo, para un negocio pequeño, el reglamento municipal de Protección Civil menciona que un establecimiento que cuenta con menos de 25 trabajadores se le solicita un plan de respuesta a emergencias y arriba de 25 un programa interno, agregó el jefe del Departamento de Inspecciones de Protección Civil.
No obstante, el servidor público menciona que se rigen de acuerdo a lo señalado por la ley general de Protección Civil, la cual especifica que en todo aquello que esté susceptible a que ocurra una emergencia o desastre, se tomará en cuenta el solicitar un programa interno, inclusive el tamaño del espacio, aforo y ocupación.
Dichos programas deberán ser elaborados previamente considerando un peligro específico derivado a un agente perturbador latente, una vez que se realizó la inspección física, se solicitará al inspeccionado en un término establecido tome las recomendaciones señaladas, sin embargo, existen sanciones para quienes no cumplen con las indicaciones.
“Hay sanciones, una vez que no cumplieron con el plazo señalado en el acta y tampoco solicitaron algún tipo de prórroga, se les hace una sanción de acuerdo con el Reglamento Municipal de Protección Civil, que puede ir desde una amonestación hasta sanciones económicas que va de 10 a 10 mil UMAS”.
En conclusión, un programa Interno de Protección Civil es una herramienta de planeación que prepara a las instituciones; ya sean públicas o privadas, a afrontar emergencias o desastres de una manera adecuada y eficaz, cuyo fin tiene el disminuir el riesgo de accidentes e incluso podría salvar vidas.