Magdalena Gallegos fue designada directora del Centro de Conciliación Laboral de BCS

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Magdalena Gallegos

En sesión extraordinaria del Congreso de Baja California Sur este martes 05 de abril, Magdalena Gallegos Ortiz tomó protesta como Directora del Centro de Conciliación Laboral del Estado, tras comparecer ante integrantes de la XVI Legislatura y ser seleccionada bajo el método de votación por cédula secreta.

En acato al artículo tercero transitorio del decreto 2817 que crea la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral de Baja California Sur, el Pleno dio curso a la terma enviada por el Gobernador del Estado, integrada por Magdalena Gallegos Ortiz, Carlos Moran Escobar y Marcos Ignacio Peralta Piriz.

Las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y de Asuntos Laborales y de Previsión Social presentaron en sesión ordinaria previa, el dictamen con la terna, avalando la viabilidad de los tres perfiles de la aspirante y los aspirantes; Posteriormente en sesión extraordinaria se llevó a cabo el ciclo de comparecencias, en donde uno a uno hicieron uno de la tribuna, en orden alfabético hasta por un tiempo máximo de diez minutos, bajo la mecánica de preguntas y respuestas y replica.

Con 17 votos de mayoría resultó electa Gallegos Ortiz, tras exponer sus propuestas y plan de trabajo para el Centro de Conciliación Laboral, figura que se desprende de la armonización de la reforma laboral.

Entre sus propuestas anotó el fortalecimiento institucional y buenas prácticas administrativas, capacitación con perspectiva de género y en  materia de derechos humanos, política de austeridad; buscar un convenio con el Tribunal Superior de Justicia para el apoyo de intérpretes de lenguas indígenas.

“Esta es una propuesta que busca aportar elementos para el fortalecimiento de la institución que con el voto de esta honorable soberanía aspiro a dirigir”, dirigió a las legisladoras y legisladores locales.

Cabe recordar que el inciso D del artículo tercero transitorio del decreto de la Ley que crea el Centro de Conciliación Laboral estipula que “Dentro de los diez días siguientes a la designación que se realice de la persona Titular del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Baja California Sur, se deberá llevar a cabo por única ocasión la instalación preparatoria de la Junta de Gobierno del Centro de Conciliación a fin de llevar a cabo de inmediato las acciones necesarias para la creación de la estructura orgánica y funcional del organismo que se crea, en plena observancia a las disposiciones aplicables. Para estos efectos el Titular del Centro de Conciliación Laboral, deberá realizar la convocatoria respectiva a los integrantes de la Junta de Gobierno”.

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