Feminicidios cometidos por menores de edad en BCS: ¿Cómo se aplica la ley?
Durante 2024, se registraron dos casos de feminicidios perpetrados por menores de edad en Baja California Sur.
El primer caso ocurrió en Heroica Mulegé, donde un adolescente fue vinculado a proceso por el feminicidio de su prima y su abuela.
El segundo caso sucedió en Ciudad Insurgentes, donde otro adolescente cometió el feminicidio de su abuela y luego se privó de la vida.
En el caso de Mulegé, el joven enfrenta cargos por el asesinato de ambas mujeres y está bajo medidas de internamiento en el Centro de Diagnóstico para Adolescentes en La Paz.
Según el procurador general de Justicia del estado, Daniel de la Rosa Anaya, el adolescente está siendo procesado bajo la Ley del Sistema de Justicia para Adolescentes, la cual establece procedimientos especiales para menores que cometen delitos graves, como el feminicidio.
“En el caso de Mulegé, se encuentra ya vinculado a proceso también por el delito de feminicidio en doble, en agravio de su prima y su abuelita. Por ambos hechos está vinculado a proceso y está con medidas de internamiento en el centro de diagnóstico para adolescentes aquí en la ciudad de La Paz”, comentó Daniel de la Rosa.
El marco legal que regula los crímenes cometidos por menores de edad en casos graves está establecido en la Ley General de Justicia para Adolescentes.
Esta ley determina que, aunque los adolescentes pueden ser procesados, las medidas punitivas son diferentes a las que se aplican a los adultos, priorizando su rehabilitación.
En estos casos, el sistema judicial enfrenta desafíos, como entender las causas que llevan a los jóvenes a cometer actos de violencia extrema y la implementación de programas de rehabilitación efectivos.
“De acuerdo con la Ley del Sistema de Justicia para Adolescentes, ellos tienen un procedimiento especial en cuanto a la vinculación generada en torno a este adolescente. La medida más severa permitida está establecida en la propia ley, aplicable en todo el país”, explicó Daniel de la Rosa.
De acuerdo con el artículo 4º de la Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Baja California Sur, los menores de 12 años que cometan un delito son exentos de responsabilidad penal.
En lugar de ser procesados judicialmente, estos menores están sujetos a medidas de rehabilitación y asistencia social.
En casos donde un menor de esta edad esté implicado en un crimen, el Ministerio Público debe remitir el caso al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) estatal o municipal, para que el menor reciba el tratamiento y la asistencia adecuada.
Para adolescentes mayores de 14 años y menores de 18, la situación cambia.
El artículo 79 establece que, aunque los adolescentes pueden ser responsables por delitos graves, la medida más severa que se les puede imponer es el internamiento en la Dirección de Ejecución y Seguimiento de Medidas para Adolescentes.
Este internamiento es excepcional y solo se aplica en casos donde el delito cometido se considere grave.
La duración de esta medida no puede exceder los cinco años y debe estar directamente relacionada con los daños causados por el delito.
YJ