Iglesia católica pide a SCJN no despenalizar aborto en Coahuila y Sinaloa
Luego de que se anunciara que esta semana la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debatirá sobre dos proyectos de sentencia sobre acciones de inconstitucionalidad que tienen que ver con la protección a la vida humana, la iglesia católica exhortó a los ministros para que realicen un análisis de calidad en materia de derechos humanos sobre estos proyectos y decidan en favor de todos los seres humanos, sin generar un retroceso mayúsculo por “dar gusto” a las presiones de una ideología de moda.
Por medio de la editorial del semanario “Desde la Fe”, la iglesia católica dijo a los ministros que esas ideologías ya existieron anteriormente e hicieron mucho daño a la humanidad, eliminando a diferentes “tipos de seres humanos”.
En la editorial, explican que los dos casos a debatir tienen su origen en el estado de Coahuila y Sinaloa. En el primero, mencionan que de aprobarse el proyecto, en ese estado se podría abortar durante los nueve meses del embarazo, generando una crisis de salud y de derechos humanos sin precedentes, ya que ni en los países en los que desde hace años se permite el aborto, esto es legal.
Explican que la argumentación de este proyecto se menciona que la protección del estado a la vida humana debe ser gradual, de acuerdo con el desarrollo del ser humano. Esto representa un retroceso muy grave en materia de derechos humanos, pues no todos los seres humanos podrían recibir la misma protección de la ley; es decir, habría seres humanos de primera y de segunda clase.
El otro caso, en Sinaloa, los ministros estarán debatiendo si es correcto que la Constitución local proteja a los individuos desde su concepción, pues según el proyecto de sentencia, el estado no puede proteger la vida que no es autónoma. Y que todavía va más allá, al señalar que la protección del estado no es a la vida biológica, sino a la vida “digna”.
Mencionan que de aprobarse sería un precedente “negro” en materia de derechos humanos, pues los legisladores estarían limitados por ley a proteger sólo la vida autónoma.
“¿En qué momento una vida es autónoma?, ¿un recién nacido entra en esa figura?, ¿un enfermo en cama, lo es? Entonces, quien depende de otra persona para vivir, ¿no puede ser protegido por la ley, si la persona encargada de cuidarle decide que ya le estorba para su propio proyecto de vida?” cuestionan.
Destaca que también para el proyecto es importante proteger la autonomía y la vida digna de la mujer, para que, en caso de estar embarazada y no quiera seguir con su embarazo, pueda terminar con este, auxiliada de servicios de salud de calidad.
Por ello, resaltan que con este argumento, el Estado estaría protegiendo como valor primordial la autonomía, antes que la vida, y reduciría la protección de toda vida humana –labor primordial del Estado– a sólo garantizar la vida digna.
Para finalizar, recordó que la SCJN debe garantizar la libre configuración de los Estados de la República y la única limitante existente cuando una ley local va contra algún precepto constitucional o cuando sea violatoria de algún derecho humano.
“En estos dos casos, los proyectos no pueden demostrar que se esté violando alguno de estos dos preceptos –el constitucional o el de derechos humanos-, por lo que recurren a la mención de falsos “derechos reproductivos” sin sustento, que incluyen al aborto como un servicio de planificación familiar”, finalizan.