Laura Bozzo podría pasar 9 años en prisión por delitos fiscales
Laura Bozzo podría alcanzar una pena de entre tres y nueve años de prisión por cometer un delito fiscal por más de 12 millones de pesos al vender un inmueble que estaba embargado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En la opinión del abogado Fernando Acevedo Espinosa, al ser detenida, Laura Bozzo llevaría su proceso en prisión por el tipo penal que se le imputa y porque no se internó voluntariamente en prisión como lo ordenó el juez de control; sin embargo, su situación jurídica se determinará en la audiencia correspondiente.
En consecuencia, se emitió una ficha roja ante la Interpol para su búsqueda y detención para que sea procesada en México.
A pesar de ello, el abogado postulante considera que podría ocurrir un panorama favorable para Bozzo:
“Hablando políticamente, si algo nos enseñan las políticas de este gobierno es que cuando llegan a un acuerdo económico les otorgan el perdón o un tipo de beneficio contrario a derecho, por ejemplo”, explica.
“Habría que esperar a ver si se llega a un acuerdo, sin embargo, en estricto sentido debería de dictarle prisión preventiva toda vez que omitió recluirse de forma voluntaria”.
¿Cuál es el delito por el que Laura Bozzo está detenida?
El abogado explica que el nombre del delito no es depositaria infiel sino defraudación fiscal. Al decir, “depositaria infiel” se refiere a una conducta o figura legal, comenta que cuando se embarga un bien se fija un depositario, o quien queda a cargo del cuidado de ese bien, y en este caso, a ella la fijaron como depositaria dentro del procedimiento administrativo de ejecución.
“El delito que le están imputando es defraudación fiscal, que está en el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, que dice que si tú engañas o a través de errores no pagas alguna contribución y sea perjuicio estás cometiendo ese tipo penal”, explica.
Textualmente, en el Código Fiscal de la Federación se lee en dicho artículo:
“Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco Federal.”
“Por el valor de lo defraudado aplicaría una pena de prisión de tres a nueve años porque el valor supera los $2,898, 490 (dos millones, ochocientos noventa y ocho mil, cuatrocientos noventa pesos) que prevé la ley pero si ella en un momento dado paga en una sola exhibición, de acuerdo a la ley le dicen que tiene un beneficio y ese es que la pena se reduzca al 50%.”
“Tengo entendido que ella dio un inmueble en garantía. Legalmente estaba obligada a no vender el inmueble dado en garantía sin embargo violentó con su obligación y vendió el inmueble”, finalizó el abogado Fernando Acevedo Espinosa.