“Ley antichancla” prohíbe la violencia contra menores en Jalisco

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Maltrato a menores

La llamada “ley antichancla“, que prohíbe castigos corporales severos o innecesarios para corregir a los niños, fue aprobada de forma unánime en el Congreso de Jalisco, con lo que padres de familia, tutores o cualquier adulto que incurra en esta conducta podrán ir a la cárcel hasta por 5 años.

Las reformas hechas al Código Penal, al Código Civil y a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de Jalisco, establecen que se considerará como maltrato infantil el uso de la fuerza física para corregir a un menor.

Del Código Penal se eliminó un párrafo en el que se señalaba que usar un golpe para corregir a los menores no se consideraba como maltrato infantil.

Además, en la Ley de los Derechos de los Niños se especificó que un castigo corporal o físico es aquel en el que se utilice de manera severa o innecesaria la fuerza física y tenga por objeto causar cierto grado de dolor o malestar.

Durante la discusión los legisladores decidieron no incluir las modificaciones en las que se proponía sancionar el maltrato aunque fuera leve.

Cuando la ley entre en vigor tras su publicación en el periódico oficial del estado, los casos de maltrato podrán ser denunciados por las víctimas o por quienes se enteren de éstos; serán jueces civiles y penales quienes decidirán si las denuncias proceden.

En la ley también se incluye el concepto de “crianza positiva”, definida como la enseñanza basada en fijar metas para aprender, en dar información, en apoyar a los menores en su crecimiento y en ayudarlos a tener éxito de forma respetuosa, lo que por ningún motivo debe hacerse a través del maltrato, la violencia o con atentados contra la dignidad humana.

Además de las penas de 6 meses a 5 años de cárcel para quienes maltraten a un niño, los agresores podrían perder la patria potestad del menor maltratado.

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