Licencia de Paternidad debe ser igualitaria en BCS: SCJN

La SCJN que declaró inconstitucional el artículo 29 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de BCS sobre licencia de paternidad
0
338
Licencia de Paternidad debe ser igualitaria en BCS: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que las disposiciones que limitaban la licencia de paternidad a solo 10 días hábiles, en contraste con el periodo de maternidad, eran desproporcionadas e inconstitucionales. El fallo se dio tras analizar la acción de inconstitucionalidad 181/2023, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

El Pleno de la Corte consideró que la diferencia en los plazos asignados a las licencias de maternidad y paternidad refuerza estereotipos de género, colocando la responsabilidad casi exclusiva del cuidado de los recién nacidos en las madres. Por ello, invalidó la porción “10 días hábiles” del artículo 29 de la legislación estatal.

En el mismo sentido, se determinó que la prórroga de tres meses adicionales a la licencia inicial por nacimiento con discapacidad o necesidad de hospitalización debe aplicarse también a la pareja de la persona gestante. Esta interpretación busca garantizar igualdad sustantiva entre ambos padres.

Asimismo, la licencia de paternidad fue ampliada indirectamente al establecer que ambos progenitores pueden acceder a dicha extensión bajo las mismas condiciones, lo que constituye un avance en la corresponsabilidad en el cuidado infantil.

En cuanto al derecho a la lactancia materna, la Corte también invalidó una porción normativa que consideró regresiva. Esta había eliminado la obligación de las instituciones públicas de contar con salas de lactancia y limitaba las opciones para la extracción de leche materna.

La resolución revivió la disposición anterior, que resulta más favorable para las trabajadoras, al contemplar dos reposos de media hora o una hora continua para lactancia, así como espacios adecuados en los centros de trabajo.

El fallo fue emitido en la sesión del 12 de mayo de 2025 y ordena al Congreso de Baja California Sur ajustar su normativa laboral para los trabajadores del estado y municipios en línea con los principios de igualdad y no discriminación.

Con esta resolución, la Suprema Corte fortalece el marco legal de protección a la infancia y la equidad de género, asegurando que la licencia de paternidad evolucione como un derecho equiparable al de maternidad y no como un beneficio marginal.

Las disposiciones invalidadas habían sido reformadas mediante el Decreto 2933, publicado el 21 de julio de 2023, pero tras el análisis del Pleno se concluyó que tales modificaciones contravenían el principio de progresividad de los derechos humanos.

Autor

  • Adolfo Torres

    Estudiante de la Maestría de Investigación en Ciencias de la Comunicación, ejerzo el periodismo desde hace más de 20 años en diferentes medios de comunicación nacionales, cubriendo principalmente fuentes de los estados de Jalisco, Nayarit y Michoacán; actualmente soy reportero web de Tribuna de México.

    View all posts