LOS GALLOS SIN PALENQUE

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Si hay ya un antecedente local en el IEEBCS (cuya consejera presidente es Rebeca Barrera Amador), del candado por la obligatoriedad de la postulación de mujeres en dos municipios con la mejor votación de los partidos en la elección inmediata anterior, la reflexión apuntaría si no se estaría cocinando, que si en función de la paridad de género se aplicara el criterio ahora federal, que el partido en el poder –en cada estado, de los quince en los que habrá elecciones para la gubernatura—tendría que postular a mujeres. ¿De qué otra manera se insistiría por la paridad de género en las candidaturas respectivas o, siete u ocho postulaciones de las 15 en juego?

 

Un amparo de por medio y manifestaciones que ya se están dando sobre el mismo, hacen que la atención política de Baja California Sur –y la de los otros catorce estados en los que habrá elecciones para Gobernador dentro de siete meses y días—de nueva cuenta se centre en el Consejo Electoral del INE y del TEPJF.
   

Ahora entra a escena lo de la paridad de género y los pronunciamientos que estarían por darse en las candidaturas de mujeres para los comicios de las gubernaturas referidas, en puerta.
   

El Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur (IEE-BCS) se acaba de pronunciar porque en las votaciones municipales del próximo 6 de junio del 2021, de los cinco municipios sudcalifornianos, en tres vaya el candado que los partidos políticos o alianzas postulen a mujeres. Pero, el candado no fue de color rosado: el criterio del IEEBCS aplica –con la vuelta a la tuerca para que no se suelte–, que de las tres postulaciones, en dos los partidos políticos deberán postular en base a considerar la mejor votación inmediata (2018).
   

Ya hay impugnaciones de activistas morenistas, verdes y petistas al criterio electoral del IEEBCS para la venidera jornada electoral, lo que propició la reacción de la panista Maritza Muñoz Vargas, al calificar la secretaria de Promoción Política de la Mujer del PAN, de “indignante” las impugnaciones presentadas “contra el acuerdo que permite la postulación de mujeres en cargos de elección popular”.   
   

Pero, en realidad el debate apenas inicia, en pleno proceso electoral 2020-2021. En el seno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se conoce del expediente SUP-JDC-2729-2020), promovido por “Equilibra, Centro para la Justicia Constitucional AC”, tras que al plantear al Consejo General del INE definición de criterios a seguir con la paridad de género en las candidaturas a las gubernaturas, la parte que emitió respuesta fue la dirección ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, la que en razonamientos en el TEPJF habría el considerando hacia ésta de “autoridad incompetente”, por lo que debería ser el Consejo General quien dé respuesta.
 

 Si hay ya un antecedente local, en el IEEBCS (cuya consejera presidente es Rebeca Barrera Amador), del candado por la obligatoriedad de la postulación de mujeres en dos municipios con la mejor votación de los partidos en la elección inmediata anterior, la reflexión apuntaría si no se estaría cocinando que, si en función de la paridad de género se aplicara el criterio, ahora federal, que el partido en el poder –en cada estado, de los quince en los que habrá elecciones para la gubernatura—tendría que postular a mujeres. ¿De qué otra manera se insistiría por la paridad de género en las candidaturas respectivas o, siete u ocho postulaciones de las 15 en juego?
 

 Sobre el expediente SUP-JDC-2729-2020), ya hay comentarios. Apenas el pasado lunes 26, la consejera electoral del INE, Carla Humphrey, hizo referencia al expediente y por tal sobre la paridad de género. Central Electoral del INE hizo referencia al artículo de la Consejera Electoral publicado por El Universal (https://centralelectoral.ine.mx/2020/10/26/paridad-de-genero-en-gubernaturas-articulo-de-la-consejera-carla-humphrey-publicado-en-el-universal/).
 

–“…Existe un elemento más en que el INE debe incidir para garantizar mayores espacios para las mujeres en la implementación de la reforma constitucional de 2019, me refiero a emitir criterios generales para garantizar el principio de paridad de género en la postulación de las candidaturas a gubernaturas que, para esta elección, en 15 entidades federativas estarán en disputa. Esto atendiendo a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a un juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano (SUP-JDC-2729-2020), promovido por “Equilibra, Centro para la Justicia Constitucional, A.C”.

–“Con estas consideraciones, el Consejo General del INE para el proceso electoral 2020-2021, deberá tomar en cuenta que la paridad de género en las elecciones es un principio obligatorio tanto en cargos colegiados como unipersonales y este razonamiento deberá imperar en la emisión de los criterios que apruebe para lograr que en las elecciones en las que se renueven los poderes ejecutivos locales se integren, invariablemente, respetando el principio constitucional de paridad de género”.
   

Con impugnaciones, reacciones y criterios electorales de por medio aún por definir, a semanas de las precampañas, los gallos sin palenque. La paridad de género no sólo cambia reglas sino escenarios. 
     
INDEPENDIENTES, MANIFESTACIÓN DE INTENCIÓN A PARTIR DE HOY  

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad la convocatoria para las y los ciudadanos interesados en postularse a candidaturas independientes a una diputación federal por el principio de mayoría relativa en el Proceso Electoral Federal 2020-2021 (comunicado 325).
 

 Asimismo, se avalaron los lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje mínimo que se requiere para el registro de su candidatura, mediante el uso de la aplicación móvil y fijó como tope el monto de 143 mil 211 pesos para los actos tendientes a recabar el apoyo.
   

La presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, Claudia Zavala, explicó que las personas interesadas en postularse deberán hacerlo del conocimiento de la autoridad electoral del 30 de octubre al 1° de diciembre de 2020. 
 

 Quienes aspiren a una candidatura independiente contarán con un plazo de 60 días naturales para recabar el apoyo de la ciudadanía, el cual deberá ser equivalente al 2% de la Lista Nominal de Electores de cada distrito electoral federal y 1% de la Lista Nominal en por lo menos la mitad de las secciones electorales del distrito por el que se registre la candidatura.
   

Las y los aspirantes podrán comenzar a recabar el porcentaje de apoyo requerido por la ley, a partir del día siguiente a la fecha en que se emita su constancia de aspirante y hasta el 31 de enero de 2021. 

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