Necesario que se apruebe ley de movilidad Uber sí está contemplada en la Ley del Transporte, advierte Zamorano

Cabo San Lucas.– Juan José Zamorano, director de Seguridad Pública Transito y Vialidad en el Municipio de Los Cabos, dio a conocer que autoridades municipales están en la espera de que la iniciativa de ley en materia de movilidad sea aprobada para que prevalezca la armonía y la buena imagen del destino, enfatizando que de acuerdo a la Ley Estatal del Transporte el servicio de plataforma digital esta considerada en la legislación ya que es una prestación bajo cualquier medio, así que para poder operar requieren de una concesión.
Explicó que es necesario que exista conciencia por parte de las dos partes es decir por parte del trabajador de esta plataforma y de los taxistas, “sabemos que hay unidades trabajando en Uber pero deben entender que hay una disposición que cumplir hasta que el Congreso del Estado apruebe la iniciativa de ley en materia de movilidad y de que deseamos pronto sea aprobada”.
Aseveró que en constantes reuniones con representantes de los diferentes gremios de taxistas se les ha hecho saber la importancia de cuidar el destino turístico de Los Cabos al decirles que toda acción que se lleve de manera intransigente será en perjuicio para el destino y de mala imagen para quienes ofrecen el servicio de transporte de pasajeros.
“A los conductores de Uber le hacemos la petición de que si son sorprendidos ofreciendo el servicio por algún inspector del transporte o agente de tránsito, se le pedirá cumplan con la ley”, reveló el entrevistado a CPS Noticias
Concluyó diciendo que espera y pronto sea aprobada esta ley de movilidad, para que cada quien desde su función, es decir, autoridad, taxistas y choferes de la plataforma digital realicen su trabajo con armonía por el bien de Los Cabos.
Sabías que…
El artículo 5 de la Ley del Transporte de Baja California Sur, indica que para la interpretación, aplicación y efectos de esta ley y su Reglamento se entenderá por
B.Servicio Público de Transporte : Es el servicio que presta el Gobierno del Estado en las vías de comunicación jurisdicción Estatal por si o a través de organismo descentralizado, empresas de participación estatal o concesionarios que se ofrece en forma masiva a persona indeterminada o al público en general mediante diversos medios, en forma continua, uniforme, regular y permanente para el Transporte de pasajeros y carga mediante el pago de una retribución numérica.