Nueva y benéfica figura laboral, “Teletrabajo”: Guadalupe Saldaña

0
244
Guadalupe Saldaña

La Senadora Sudcaliforniana, Guadalupe Saldaña Cisneros, celebró que se lograra legislar en el Congreso de la Unión para beneficio de la población la reforma a la Ley Federal del Trabajo para crear una nueva figura laboral denominada Teletrabajo, la cual consiste en las actividades que se desarrollan desde casa y que se ha conocido en los últimos meses como Home Office a fin de dar certeza a los empleados como al sector patronal, donde ambas partes tienen derechos y obligaciones por cumplir.

Hizo mención que el teletrabajo privilegia el uso de la tecnología y aunque existen otras muchas actividades que no entran en esta modalidad como el sector restaurantero, desde la atención a comensales hasta quienes cocinan, la industria hotelera por mencionar algunos ejemplos, todas las áreas administrativas tanto empresarial como del servicio público han incursionado en esta forma de teletrabajo.

Explicó que la reforma se describe en el Capítulo que lleva por nombre Teletrabajo y mencionó como los puntos más sobresalientes los siguientes:

A) Las y los trabajadores que desempeñen sus funciones en esta modalidad deberán estar inscritos al IMSS, es un derecho.

B) Es un acuerdo y un derecho de ambas partes, empleado, empleada y la parte patronal, elegir la modalidad presencial o de teletrabajo sin que la relación laboral se vea afectada.

C) Es obligatorio implementar el acuerdo por escrito, ya sea de manera personal o colectiva, donde se detallen las condiciones.

D) Existe obligación de horarios y días de trabajo para ambas partes, y es un derecho en los días de asueto no responder llamadas, mensajes, correos u otras obligaciones. 

Saldaña reconoció que el trabajo a distancia se venía desempeñando desde hacía tiempo, pero que las condiciones sanitarias que restringen la movilidad en todo el país, obligó un crecimiento acelerado de esta modalidad.

“En junio del 2019 ya estaba discutiendo en el Senado el proyecto de decreto y este diciembre concluímos con la votación unánime en ambas Cámaras a favor de esta reforma a la Ley Federal de Trabajo, como un tema muy urgente a fin de dar certeza laboral”.  

Se considera trabajo a distancia cuando exista una relación laboral remunerada y que esas tareas se desarrollen desde el hogar en un porcentaje superior al 40 por ciento. Es decir, cuando el trabajo que se desempeñe sea menor al porcentaje antes mencionado o sea esporádico,no entrará en la categoría de teletrabajo. Esta modalidad sólo aplica para aquellas actividades que no requieran la presencia física de la persona trabajadora y que utiliza las tecnologías de la información y la comunicación para desempeñar sus funciones. 

“El teletrabajo privilegia el uso de la tecnología y aunque existen otras muchas actividades que no entran en esta modalidad como el sector restaurantero desde la atención a comensales hasta quienes cocinan, la industria hotelera por mencionar algunos ejemplos; todas las áreas administrativas tanto empresarial como del servicio público, han incursionado en esta forma de teletrabajo. Celebró que se lograra legislar en esta materia para beneficio de la población”, concluyó.