Predios de la Colonia Gastelum de CSL tienen origen legal
Héctor Esaú González Arvizu, abogado del Ejido de Cabo San Lucas, dio a conocer que los predios donde se encuentra la colonia Leonardo Gastélum eran propiedad del Ejido de Cabo San Lucas, gracias a un Decreto Presidencial, así que las tierras tienen un origen legal, sobre esa superficie se hizo una parcela de 103 hectáreas que se transmitieron al Municipio de Los Cabos, una vez que se obtuvo el dominio pleno.
Explicó que Gerardo Montaño Ayala ha sido omiso al señalar algunas resoluciones que bien conoce y que ha impugnado, incluso no ha tenido soluciones favorables, enfatizando el representante del Ejido que, en 1974 ejidatarios fueron beneficiado con una resolución presidencial de ampliación entregando mil 607 hectáreas, entre ellas 338 que de acuerdo a la resolución presidencial pertenecían a Enrique Salinas Treviño.
Recalcó que los predios fueron entregados por la Secretaría de la Reforma Agraria al Ejido de Cabo San Lucas y en el año 1975 se realizó la ejecución a favor del Ejido, mismo que tiene posesión de esas tierras.
“Gerardo Montaño tramitó un juicio sucesorio a nombre de Arturo Montaño que era su abuelo y se las adjudicaron indebidamente puesto que esas tierras ya habían sido afectadas por una resolución presidencial, esa resolución presidencial él la conoce, de hecho, interpuso un juicio de amparo ante el Juzgado Segundo de Distrito en la ciudad de La Paz, cuyo expediente es el 1351/2018 y que fue sobreseído porque no acreditó se le afectara su esfera jurídica, el sobreseimiento se dio el 30 de septiembre del 2019” (1´31” al 2´16”)
Indicó que sí Gerardo Montaño, piensa que esa resolución es incorrecta tiene que atacar a través de los medios judiciales, lo intentó en el juicio de amparo y no lo logró, por lo tanto, esa tierra tiene un origen legal mediante una resolución presidencial de ampliación otorgada por un Presidente de la República, misma que está vigente.
“En todo momento hemos actuado conforme a derecho, esas tierras se recibieron legalmente por parte del Gobierno Federal hacia el Ejido, posteriormente en 1996 cuando se llevó a cabo el programa de certificación de derechos ejidales y titulación de solares urbanos, el Registro Público de la Propiedad certificó que esas tierras continuaban siendo régimen ejidal, así que sobre esa superficie fue que se hizo una parcela de 103 hectáreas las cual fue la que se transmitió al Municipio una vez que se obtuvo el dominio pleno, todo se ha hecho legalmente, todos los trámites, adquisición y transmisión, insisto, todo ha sido legal”.
Puntualizó que en la historia, el predio le pertenecía a Arturo Montaño Richie; abuelo de Gerardo Montaño, eso en el año de 1969, en 1974 la Secretaría de la Reforma Agraria hizo una investigación y determinó que ese terreno ya no pertenecía a Montaño sino a Enrique Salinas Treviño, mismo que dio el terreno al Ejido de CSL, el problema deriva que en la resolución presidencial establece que debe realizarse el registro e inscripción en el Registro Público de la Propiedad y en el Registro Agrario Nacional, mismo que se llevó a cabo, sin embargo no se hizo la anotación de que había sido afectado.
“Lo que permitió a Gerardo Montaño, sorprender al Notario Público para decirle le adjudicara un terreno que él sabía ya había sido afectado por una resolución presidencial, así que piden una libertad de gravamen al Registro Público de la Propiedad y como habían omitido el registro de que se había afectado por el Ejido, otorgaron esa libertad de gravamen de manera incorrecta”.
Subrayó que sí Gerardo Montaño se ve afectado con la resolución deberá acudir a las autoridades judiciales para hacer valer su derecho, él no puede hablar de un despojo de tierra cuando nunca ha tenido la posesión, posesión que dio la Reforma Agraria al Ejido de CSL en cumplimiento a la resolución presidencial.
Es importante que la gente tenga cuidado de los actos que pretende hacer Gerardo Montaño, las tierras que pelean eran del Ejido ya que están transmitidas al Ayuntamiento de Los Cabos, por lo que no puede tramitar una subdivisión de predios ya que las tierras son ejidales.