SCJN invalida prohibición de corridas de toros y peleas de gallos en Tepic, Nayarit

La SCJN, durante una sesión del Pleno, resolvió un asunto relacionado con el Reglamento de Bienestar Animal del municipio de Tepic, al considerar que dicho ordenamiento excedía sus atribuciones legales, determinación adoptada por la SCJN este 3 de febrero de 2026.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por mayoría, que un reglamento municipal no puede situarse por encima de una ley estatal, particularmente cuando esta permite prácticas como las peleas de gallos y la fiesta brava bajo un esquema de regulación.
Con base en este criterio, la SCJN declaró inconstitucional el artículo 19, fracciones X, XII y XXI, del Reglamento de Bienestar Animal del municipio de Tepic, disposiciones que prohibían las corridas de toros, las peleas de gallos y otros espectáculos con animales.
La resolución establece que dichas actividades podrán retomarse en Tepic, Nayarit, siempre que se apeguen a la legislación estatal vigente y cuenten con los permisos correspondientes, precisando que no se elimina la regulación, sino que se reafirma la jerarquía normativa.
Durante la discusión, la ministra Lenia Batres Guadarrama votó en contra de la declaratoria, al considerar que la Constitución prohíbe el maltrato animal de forma absoluta, postura que dejó asentada al señalar que no coincidió con la decisión mayoritaria.
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