Senado deberá autorizar la renuncia de Arturo Zaldívar de la SCJN

Dichas renuncias deben ser sometidas al Ejecutivo y, en caso de aceptación, serán enviadas para su aprobación al Senado de la República
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Arturo Zaldívar Lelo de Larrea

El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, tendrá que enviar al Senado de la República la carta de renuncia que le presentó este martes 7 de noviembre el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, y dependerá del Senado autorizar su decisión.

El artículo 98 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos regula este escenario particular, estableciendo que las renuncias de los Ministros del Máximo Tribunal únicamente procederán por causas graves. Específicamente, la constitución mexicana establece que dichas renuncias deben ser sometidas al Ejecutivo y, en caso de aceptación, serán enviadas para su aprobación al Senado de la República.

Esta renuncia plantea una serie de procedimientos detallados en la Carta Magna. Según el artículo 96, para nombrar a un nuevo ministro, tras la renuncia de Arturo Zaldívar, el Presidente de la República deberá presentar una terna al Senado. Este órgano legislativo, luego de la comparecencia de los candidatos propuestos, designará al Ministro que ocupará la vacante.

Arturo Zaldívar, ministro de la Corte, presenta su renuncia a AMLO

Sin embargo, el proceso de designación no es sencillo. La designación del nuevo ministro requiere el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, en un plazo de 30 días. En caso de que el Senado no logre llegar a un acuerdo durante ese período, el Presidente de la República tendrá la facultad de designar a la persona que ocupará el cargo.

Es importante resaltar que si la primera terna propuesta por el Presidente es rechazada por el Senado, se requerirá una nueva propuesta. En este escenario, si la segunda terna también es rechazada, será el Presidente de la República quien designará al nuevo ministro entre los candidatos presentados.

Este inesperado evento ha generado incertidumbre en torno al proceso de designación del sucesor de Arturo Zaldívar en la SCJN. Se espera una evaluación por parte de López Obrador para definir los pasos a seguir y, posteriormente, una votación en el Senado que desemboque en la designación del nuevo ministro de la Corte.

¿Qué dice la Constitución Mexicana sobre la designación de ministros?

Artículo 98. Cuando la falta de un Ministro excediere de un mes, el Presidente de la República someterá el nombramiento de un Ministro interino a la aprobación del Senado, observándose lo dispuesto en el artículo 96 de esta Constitución.

Si faltare un Ministro por defunción o por cualquier causa de separación definitiva, el Presidente someterá un nuevo nombramiento a la aprobación del Senado, en los términos del artículo 96 de esta Constitución.

Las renuncias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves; serán sometidas al Ejecutivo y, si este las acepta, las enviará para su aprobación al Senado.

Autor

  • Licenciado en Ciencias de la Comunicación por el CEUArkos de Puerto Vallarta, con 13 años de experiencia en periodismo, comunicación estratégica y publicidad. He trabajado en diversos medios, incluyendo ACIR Noticias, Tribuna de la Bahía y en radio. Con diplomados en Transparencia y Rendición de cuentas, y en Periodismo Electoral, además de una certificación en Marketing Digital de Google. Actualmente, soy Editor Web en Tribuna de la Bahía y Tribuna de México, y mi enfoque profesional se basa en la credibilidad, ética y competitividad.

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