Más de 1600 casos sin resolver sobre desaparición forzada

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Familiar de desaparecido

Durante el 2020, la FGR acumuló más de 1600 carpetas de investigación por desaparición forzada en todo el país; hasta hoy, no se ha resuelto ni uno solo de los casos.

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A esta situación, se suman los siguientes factores:

  • Problemas de coordinación e implementación en el sistema nacional de búsqueda de personas.
  • Falta de una normativa completa.
  • Inexistencia de mecanismos como el banco nacional forense.

Lo anterior fue advertido en un informe de resultados realizado por la ASF, que forma parte del proceso de fiscalización de la cuenta pública 2020.

El análisis concluye en que a tres años de la implementación de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, no se ha podido consolidar en México un sistema que trabaje de forma coordinada:

“La Comisión Nacional de Búsqueda de personas y la FGR requieren fortalecer los procesos que realizan para la coordinación, la prevención, la búsqueda de personas desaparecidas y la investigación y persecución de los delitos de desaparición forzada de personas y de desaparición cometida por particulares, a fin de incrementar la eficacia en la localización de las personas en calidad de desaparecidas o no localizadas, y esclarecer los hechos que dieron origen a su desaparición”.

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FGR

En el 2020, la FGR acumuló 1615 indagatorias por desaparición forzada de personas: 747 quedaron como averiguaciones previas del 2015 y 868 son carpetas de investigación de casos desde el 2016 en adelante.

Hasta el año pasado, el 98.5 % de los casos continuaban en integración. Solo 21 de ellos fueron cerrados por la Fiscalía pero no hubo consignación de los casos ante un juez para proceder contra los probables responsables; en cambio, los casos fueron archivados.

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Además de esto, los auditores advirtieron más problemas, como que el 70 % de las indagatorias tienen entre tres y seis años en integración, sin ningún avance significativo.

En siete de cada diez indagatorias, la FGR no incluyó el “cuestionario arte mortem”, herramienta básica para la posible identificación de una persona.

Otra de las irregularidades más graves es que la FGR no ha puesto en marcha el Banco Nacional de Datos Forenses.

En el informe de resultados se plantea lo siguiente:

“Se recomienda que la Fiscalía General de la República realice un diagnóstico de la capacidad operativa de que dispone la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada (FEIDDF), a efecto de que cuente con los policías de investigación y los peritos especializados que requiera para su efectiva operación… a fin de que la investigación realizada sea pronta y efectiva para la localización de las víctimas”.

 

Los mecanismos de coordinación

En México, existen ocho mecanismos de coordinación que la ley contempla para que la comisión de búsqueda y la fiscalía trabajen de la mano con la finalidad de esclarecer los casos:

  1. Convenios de coordinación, colaboración y concertación de la Comisión Nacional de Búsqueda.
  2. Reglamento interno de la Fiscalía especializada.
  3. Protocolo Homologado de Búsqueda.
  4. Reglamento de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas.
  5. Reglamento interno de la Comisión Nacional de Búsqueda
  6. Convenios de colaboración de la Fiscalía
  7. Lineamientos tecnológicos para el Banco Nacional Forense
  8. Lineamientos para el Registro Nacional de Personas Fallecidas, No Identificadas y No Reclamadas.

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De acuerdo con la ASF, ninguno de estos mecanismos funciona al cien por ciento:

“Existieron áreas de oportunidad para verificar el impacto de dichas acciones, ya que la búsqueda se realizó mediante personal de la Comisión, distintas autoridades y familiares, aunado a que el número de acciones de búsquedas realizadas por Entidad Federativa no coincidió con los estados con mayor número de registros o mayor número de personas localizadas, por lo que la Comisión requirió fortalecer el proceso de búsqueda mediante la elaboración de diagnósticos que tomen en cuenta las características y patrones de desaparición; así como diseñar e implementar indicadores que permitan evaluar la eficacia de las acciones de búsqueda”.

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