Sigue vigente la reelección de alcaldes en BCS, no aplica en diputados
De acuerdo con el artículo 57 de la nueva Ley de Instituciones y Procedimientos para el Estado de Baja California Sur, se estipula que un alcalde o alcaldesa podrá ser reelecto por el partido o coalición que lo llevó al poder, o por un partido de esta coalición. Lo anterior, bajo la paridad de género.
En este sentido, la diputada Lorena Marbella González expuso el tema de las posibles reelecciones, particularmente en los alcaldes y alcaldesas, durante la presentación de dicha ley. Enfatizó el carácter constitucional del derecho a la reelección para cualquier funcionario público que desee postularse nuevamente.
Destacó que el proceso de reelección implica una estrecha colaboración con el partido político que lo presentó originalmente o con cualquiera de los partidos que formaron parte de una alianza, coalición o candidatura común. Esta colaboración se basa en la manifestación formal de intención de reelección por parte del aspirante, ya sea hombre o mujer.
“Mediante el otorgamiento de ese proceso interno del partido político que le haya manifestado mediante un escrito la intención de tener su reelección. Entonces, habrá de hacerse su procedimiento”, comentó.
Este enfoque garantiza que el proceso sea transparente y conforme a los lineamientos establecidos por el partido político, asegurando la participación igualitaria y justa de todos los posibles candidatos, sin importar su género.
Sobre el partido o los partidos políticos que se encuentren en la alianza, candidatura común o coalición; González detalló que se determinarán en dónde estará cada posible candidato o candidata y cuál será la documentación y trámite a realizar. Por ejemplo, en el caso del municipio de La Paz.
“Es la voluntad del partido político hacer su estrategia y determinación, hacia dónde va a mandar a sus cuadros políticos; con esto le damos la determinación a los partidos de postular donde ellos lo decidan, sin cuartear el derecho de las personas que tengan la intención de hacer la solicitud de una reelección”, mencionó.
Ejemplificó este proceso en el contexto de Baja California Sur, específicamente en el caso de la presidenta de La Paz. Si ella tiene la intención de buscar la reelección, deberá seguir los procedimientos internos establecidos por el partido político que elija, ya sea uno de los dos que la postularon previamente.
La situación será distinta con los actuales legisladores del Congreso del Estado; la demarcación de su distrito no sería la misma, por lo tanto se anula la capacidad de reelección. En esta ocasión, en 2024, los bloques de competitividad se desatienden; lo cual representa una elección nueva para las y los diputados, detalló la diputada González.
“En cuestión de las diputaciones locales, en este 2024, no va a aplicar la situación de la reelección; de la elección consecutiva, no lo va a aplicar. Toda vez que hubo una redistritación y como tal la redistritación”, continuó.
Por ejemplo, un diputado que representaba al Distrito 5 ya no puede buscar la reelección en el mismo distrito, ya que su demarcación ha sido modificada. En consecuencia, las elecciones de 2024 serán completamente nuevas para los diputados, sin la opción de continuar en el cargo de manera consecutiva debido a estos cambios en los distritos electorales.
En el 2027 se tomarán como base los resultados de las decisiones establecidas en 2024; de esta manera se definirán los porcentajes para realizar la demarcación, así como los bloques de competitividad.
Cabe mencionar que, tras esta nueva legislación, ya se habla de algunos alcaldes y alcaldesas que podrían ir por la reelección electoral el próximo año en Baja California Sur.