¿Qué tienen permitido los despachos de cobranza en caso de deuda con los bancos?

En México, los bancos están regulados por la Condusef y ella señala que pueden hacer los despachos de cobranza en caso de deuda
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Bancos: ¿Qué se permite a los despachos de cobranza en deuda?

En México, cuando existe un retraso en pagos de crédito, la mayoría de los bancos recurren a los llamados despachos de cobranza; por ello surge la pregunta central: ¿qué tienen permitido y qué no los despachos de cobranza?, una duda clave para evitar abusos y conocer derechos.

De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), estos despachos pueden contactar al deudor para informar y gestionar el adeudo, siempre que se identifiquen plenamente y especifiquen a qué institución representan.

La normativa autoriza llamadas y visitas únicamente de lunes a viernes entre las 7:00 y 22:00 horas, sin realizar contactos en días festivos ni fuera de ese horario, y exige un trato respetuoso, sin lenguaje intimidante.

Asimismo, deben usar información verificada: solo pueden cobrar deudas reales y vigentes, indicar con precisión el monto y el estado del crédito, y abstenerse de reclamar pagos por obligaciones inexistentes o prescritas.

La Condusef subraya que está prohibido contactar a familiares, amigos o compañeros de trabajo del deudor sin autorización, así como difundir públicamente el adeudo en redes sociales, domicilios o centros laborales.

También se prohíben amenazas de cárcel, embargos falsos o la simulación de ser autoridades judiciales, así como el uso de documentos apócrifos para presionar el pago.

Otra restricción clave es la recepción de dinero: los despachos no pueden recibir efectivo ni transferencias a cuentas personales; los pagos deben realizarse únicamente en las cuentas oficiales de la institución financiera.

Además, las llamadas deben mostrar números reales e identificables; el uso de números ocultos o falsos constituye una práctica indebida.

Cuando un despacho incumple la ley, los usuarios pueden presentar una queja ante la Condusef a través del Registro de Despachos de Cobranza (Redeco), registrando evidencia como llamadas, mensajes o correos.

La autoridad recordó que conocer estas reglas fortalece la defensa del usuario frente a prácticas abusivas y garantiza que la cobranza vinculada a bancos se realice dentro del marco legal.

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Autor

  • Adolfo Torres

    Estudiante de la Maestría de Investigación en Ciencias de la Comunicación, ejerzo el periodismo desde hace más de 20 años en diferentes medios de comunicación nacionales, cubriendo principalmente fuentes de los estados de Jalisco, Nayarit y Michoacán; actualmente soy reportero web de Tribuna de México.

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EtiquetasAcosoBancos