SCJN refuerza la obligación de los bancos de comprobar cargos no reconocidos y proteger a usuarios

Foto: Pixabay
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un nuevo criterio vinculante por el cual las instituciones financieras deben demonstrar con documentos certificados y procedimientos confiables que cada cargo reclamado en cuentas o tarjetas fue autorizado por el usuario; en caso contrario, la carga de la prueba ya no recae exclusivamente en la persona usuaria.
En una sentencia que promete cambiar la dinámica entre usuarios y bancos en los litigios por cargos no reconocidos, la SCJN definió que no basta que una persona usuaria falte a la audiencia para que el banco presuma, mediante la figura de la llamada “confesión ficta”, que aquélla autorizó la operación.
A partir de este criterio, las instituciones de crédito quedan obligadas a probar que siguieron los procedimientos pactados con el cliente; sus sistemas funcionaron de forma adecuada; que existen documentos fehacientes que acrediten la operación cuestionada.
Este cambio no sólo refuerza el derecho de los consumidores financieros, sino que además demanda a los bancos una transparencia mayor y técnicamente más robusta para defenderse ante reclamaciones.
La SCJN señaló que esta medida fortalece la protección de quienes utilizan servicios bancarios, impide que se les atribuyan cargos indebidos y obliga a las instituciones financieras a actuar con transparencia y conforme a la ley.
¿Qué cambia concretamente en los juicios por cargos no reconocidos?
Antes de la jurisprudencia, muchos bancos se apoyaban en que el usuario no compareciera a la audiencia para presumir que había autorizado la transacción. Ahora, esa presunción resulta insuficiente.
A partir de ahora, en los juicios mercantiles contra las entidades bancarias será la institución financiera la que debe acreditar primero la legitimidad de la operación, antes de exigir al usuario que pruebe que no la hizo.
Este criterio es vinculante: los tribunales deberán aplicarlo cuando conozcan asuntos similares en el futuro.
Implicaciones para los usuarios y para el sistema bancario
Para el usuario común, este fallo representa un mayor respaldo ante operaciones que consideran fraudulentas o no autorizadas: ya no parten en desventaja por presunción automática del banco.
Para las entidades financieras, el impacto radica en que tendrán que reforzar sus registros de consentimiento, identificar procedimientos internos, y llevar una “bitácora” documental de cada operación disputada.
De hecho, este fallo llega en un momento de ampliación normativa: por ejemplo, la Cámara de Diputados aprobó iniciativas que obligan a los bancos a ofrecer mecanismos de cancelación de tarjetas en plazos más cortos, si el plástico no fue solicitado por el cliente.
Con su nuevo criterio, la SCJN no sólo redefine quién carga con la prueba en conflictos por cargos no reconocidos, sino que impulsa una mayor transparencia y equidad en el sistema bancario.
Los usuarios ganan un protector adicional, mientras que los bancos enfrentan el reto de acreditar cada paso, desde la operación hasta la firma de consentimiento, bajo estándares judiciales más rigurosos.
En estricto sentido político-social, la sentencia se inserta en un periodo de fortalecimiento de derechos del consumidor financiero en México, con implicaciones reales para la confianza pública en los servicios bancarios.
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