Movimiento del Sombrero en Uruapan definirá al sucesor de Carlos Manzo tras su asesinato

Imagen: Especial
Tras el homicidio de Carlos Manzo, presidente municipal de Uruapan desde septiembre de 2024, un grupo ciudadano autodenominado Movimiento del Sombrero se perfila para designar al sucesor al frente del Ayuntamiento.
En el marco de la ley local y ante la urgencia de restablecer gobernabilidad, se abre un proceso interno que promete ser determinante para la política local.
La Sindica Municipal asumirá de forma provisional las funciones del ejecutivo municipal
La noche del 1 de noviembre de 2025, durante un evento público en el centro de Uruapan, fue asesinado Carlos Manzo mientras participaba en actividades conmemorativas del Día de Muertos.
El hecho provocó indignación pública e inmediatamente dejó vacante la alcaldía en este municipio michoacano.
En respuesta, la Sindica Municipal, Hilda Flor del Campo Maldonado Medina asumirá de forma provisional las funciones del ejecutivo municipal, de conformidad con los artículos 65 y 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán.
Mientras tanto, el Movimiento del Sombrero, movimiento ciudadano que cobró relevancia junto al proyecto de Manzo, se moviliza para definir la persona que será propuesta ante el cabildo para aprobarla como alcaldesa o alcalde sustituto.
¿Cómo funciona el Movimiento del Sombrero quienes decidirán al nuevo presidente municipal de Uruapan?
Este colectivo independiente fue el vehículo político que permitió a Manzo llegar al poder en Uruapan en 2024.
Con su líder ya fallecido, el movimiento activó un mecanismo interno de selección de perfiles, enfocándose en la continuidad del legado de Manzo: combate al crimen organizado, cero tolerancia a la corrupción, y empoderamiento ciudadano.
Uno de los nombres que más fuerte suena es el de Grecia Quiroz, viuda de Manzo, a quien la organización contempla como propuesta para la sustitución.
Aunque ella misma no ha confirmado su interés en participar, recibió apoyo público por parte de simpatizantes durante el velorio.
La ley michoacana estipula que, ante el fallecimiento de un presidente municipal, la Sindica toma las funciones de forma provisional hasta que el Congreso del Estado elija al titular sustituto en un plazo máximo de 30 días naturales.
El designado debe respetar el género y origen partidista o de independencia de quien ocupaba el cargo, en este caso un alcalde independiente.
Con ello, Uruapan entra en una fase de transición crítica donde el protagonismo de un movimiento ciudadano independiente puede marcar un nuevo capítulo en la gobernabilidad local.
El proceso será observado de cerca no sólo en Michoacán, sino a nivel nacional, como un ejemplo de cómo los vacíos de poder en los ayuntamientos se enfrentan en la práctica.
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