Actividad de observación de ballenas en este momento está prohibida en BCS

El DOF informó que la observación de ballenas está prohibida hasta diciembre y enero por etapa reproductiva
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Observación de ballenas, actividad está ahora prohibida en BCS

Aunque ya se han avistado ballenas en aguas de la Península de Baja California, en este momento no está permitida la actividad de observación de ballenas, de acuerdo con las disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 10 de octubre de 2025. La restricción se debe a que los cetáceos se encuentran en temporada de reproducción y nacimiento de crías.

Según el documento oficial, la Norma Oficial Mexicana NOM-131-SEMARNAT-2010 establece los lineamientos y especificaciones para garantizar la protección y conservación del hábitat de las ballenas, así como para regular el aprovechamiento no extractivo de esta actividad turística en las costas mexicanas.

De acuerdo con el DOF, la observación de ballenas solo podrá realizarse a partir del 15 de diciembre de 2025, dependiendo de la zona de la Península de Baja California, mientras que en otras áreas iniciará el 1 de enero de 2026. Hasta entonces, toda práctica de acercamiento o recorrido turístico con fines de observación permanece suspendida.

En Baja California, la temporada de observación estará permitida del 15 de diciembre de 2025 al 15 de mayo de 2026, específicamente en:

En Baja California Sur, las fechas establecidas por el Diario Oficial de la Federación (DOF) son las siguientes:

  • Puerto Adolfo López Mateos, Puerto San Carlos y Puerto Magdalena, municipio de Comondú, en la Bahía Magdalena y Bahía Santa María: del 1 de enero al 30 de abril de 2026.

  • Puerto Chale, municipio de La Paz, y Puerto Cancún, municipio de Comondú, en la Bahía Almejas: del 1 de enero al 30 de abril de 2026.

  • Parque Nacional Bahía de Loreto y su área de influencia (12 millas náuticas circundantes), municipio de Loreto: del 1 de enero al 30 de abril de 2026.

  • Reserva de la Biosfera El Vizcaíno, Laguna Ojo de Liebre y Laguna de San Ignacio, municipio de Mulegé: del 15 de diciembre de 2025 al 30 de abril de 2026.

  • Área de Protección de Flora y Fauna Cabo San Lucas (APFF Cabo San Lucas): del 15 de diciembre de 2025 al 30 de abril de 2026, con zonas restringidas alrededor del Arco de Cabo San Lucas y una franja de un kilómetro desde Punta Ballenas hacia mar adentro.

  • Parque Nacional Cabo Pulmo, zona Los Frailes-Cabo Pulmo y San José del Cabo, municipio de Los Cabos: del 15 de diciembre de 2025 al 30 de abril de 2026.

Estas fechas fueron establecidas con base en los patrones migratorios y reproductivos de las ballenas, que cada año arriban a las cálidas aguas del Pacífico mexicano para aparearse y dar a luz.

La Norma Oficial Mexicana NOM-131-SEMARNAT-2010 también dispone zonas restringidas donde no se podrá realizar la actividad, especialmente en áreas donde se concentran madres con crías, como el canal de Santo Domingo, en Comondú, y la franja costera del Arco de Cabo San Lucas.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) reiteró que solo podrán ofrecer recorridos quienes cuenten con los permisos correspondientes y respeten los periodos y zonas autorizadas. Cualquier incumplimiento, advirtió, podría derivar en sanciones.

Finalmente, la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) recordó que estas disposiciones aplican para todo el país, aunque las fechas en la Península de Baja California son las más relevantes por ser uno de los principales santuarios de ballenas en México.

Con ello, los prestadores de servicios turísticos deberán esperar a la apertura oficial de la temporada para reanudar la observación de ballenas, una de las actividades ecoturísticas más emblemáticas de la Baja California y Baja California Sur.

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