Denuncian invasión de OOMSAPAS Los Cabos para construir oficinas en La Ribera

El OOMSAPAS de Los Cabos construyó oficinas en un terreno propiedad privada sin contar con su autorización. La afectada presentó una denuncia para que se investigue el caso y se sancione a los responsables.
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Oficinas del OOMSAPAS en La Ribera

El Organismo Operador Municipal del Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Los Cabos (OOMSAPAS) despojó ilegalmente a María del Pilar García Orozco de un terreno de su propiedad ubicado en el Ejido de la Ribera, donde se construyeron oficinas sin contar con un título legítimo para ocupar el inmueble.

Ante esta invasión, la legítima dueña presentó una denuncia en la Fiscalía General de Justicia del Estado, en el municipio de Cabo San Lucas, para que se realice la investigación correspondiente, se castigue y se ejerza acción penal contra quien resulte responsable por el ilícito de invadir su inmueble.

La afectada detalló que el día 03 de junio del 2009, adquirió mediante contrato de compraventa el inmueble identificado como lote número dos, manzana número 34, zona uno, del Ejido de la Ribera en el municipio de Los Cabos, tal y como se acredita con la escritura pública que dio fe el notario público número 7 de La Paz, Héctor Castro Castro, quien legalmente certificó la posesión real y jurídica del inmueble.

La denunciante comentó que durante una visita a su propiedad se percató de que el OOMSAPAS construía oficinas dentro de su terreno, sin tener ningún derecho legal para hacerlo, por lo que solicitó a las personas que trabajaban en el lugar que se retiraran del inmueble, ya que incluso podían estar cometiendo una conducta delictiva.

Al acudir al municipio para denunciar los hechos, los funcionarios reconocieron que no contaban con un título legítimo para ocupar el terreno, sin embargo, argumentaron que la ocupación respondía a una necesidad del organismo municipal y que estaban conscientes de la afectación que había sufrido por lo que ofrecieron reparar el daño.

Detalló que los funcionarios del gobierno municipal de Los Cabos se comprometieron a realizar un proyecto y elevar ante el Cabildo municipal el otorgamiento de un bien inmueble, propiedad del Municipio de los Cabos, de la mismas características y valor, situación que hasta la fecha no ha ocurrido.

El 05 de julio del 2021, mediante un documento membretado, el Cabildo de Los Cabos reconoce que la ocupación que hoy en día realiza el organismo operador es ilegal en virtud de que no cuentan con un título que justifique esa situación.

María del Pilar también solicitó por escrito al director municipal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Miguel Ornelas Rojo, conocer qué autoridad ordenó y autorizó la construcción de las oficinas en el terreno de su propiedad, a lo que la instancia respondió que después de una búsqueda exhaustiva dentro de los archivos físicos y digitales no se localizó registro alguno de licencia de construcción sobre el predio.

Es importante resaltar que el artículo 64 Reglamento de Construcciones para el Estado de Baja California Sur establece que “para ejecutar obras o instalaciones públicas y privadas, será necesario obtener licencia de ‘La Autoridad’, y agrega que las solicitudes de licencia de construcción deberán recibir resolución por escrito de expedición o rechazo en un plazo no mayor de quince días hábiles”.

Por su parte, la Dirección Municipal de Licencias de Construcción establece como primer requisito para el registro de obra la solicitud por escrito firmada por propietario o representante legal, así como el antecedente de propiedad (título de propiedad, escritura, registrada ante las Direcciones Municipales de Catastro y Registro Público de la Propiedad), o en su caso, carta de posesión.

Por lo anterior, María del Pilar García Orozco pidió a las autoridades correspondientes dar celeridad a la investigación para resarcir el daño que le han ocasionado durante años, ya que hasta el momento no le han dado respuesta a su demanda y ninguna instancia le da audiencia para saber el estatus de su caso.

GC

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